A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante De Oficio Procesado Ibarbo Carabali Wilber·Demandado Ibarbo Carabali Wilber
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Buenaventura (Valle del Cauca) y la Jurisdicción Especial Indígena del Resguardo Indígena Jooin Durr.
Dicha controversia se originó respecto al conocimiento de un proceso penal en contra de un ciudadano indígena por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado.
La Sala efectuando un análisis ponderado y estricto de los factores de activación de la competencia jurisdiccional de las comunidades indígenas, encontró acreditado sólo el factor personal porque el procesado pertenece al Resguardo Indígena Jooin Durr.
No obstante, para la Sala no sucedió lo mismo con los factores territorial, objetivo e institucional.
En esa medida, dispuso la remisión del expediente al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Buenaventura y ordenó las comunicaciones correspondientes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Buenaventura (Valle del Cauca) y la Jurisdicción Especial Indígena del Resguardo Indígena Jooin Durr, en el sentido de DECLARAR que la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer del proceso penal seguido en contra del señor Wilber Ibarbo Carabalí por la comisión del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2453 al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Buenaventura para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.